DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 10/2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que deroga el artículo tercero del diverso Acuerdo General 5/2014, que regula de manera temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales que impliquen afectación de la situación jurídica de la persona bajo proceso, en diversos Juzgados de Distrito.

Miércoles 27 de Agosto 2025
ACUERDO General 10/2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que deroga el artículo tercero del diverso Acuerdo General 5/2014, que regula de manera temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales que impli
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 10/2025, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DEROGA EL ARTÍCULO TERCERO DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 5/2014, QUE REGULA DE MANERA TEMPORAL LA DILIGENCIACIÓN DE COMUNICACIONES OFICIALES DE PROCESOS PENALES FEDERALES QUE IMPLIQUEN AFECTACIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LA PERSONA BAJO PROCESO, EN DIVERSOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, vigente a partir del 16 de septiembre de 2024, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. Las razones que motivaron en su oportunidad la expedición del Acuerdo General 5/2014 y la dotación de plazas temporales a diversos órganos jurisdiccionales en él comprendidos, han quedado superadas. Lo anterior, debido al reducido volumen de comunicaciones oficiales en materia de procesos penales federales que actualmente se registra y la implementación por los órganos jurisdiccionales de la nueva normativa contenida en el Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo, por lo que se hace necesario disponer la conclusión de la vigencia del artículo TERCERO del Acuerdo General 5/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal;
CUARTO. Cada uno de los juzgados de Distrito ubicados en Villa Aldama, Veracruz; Matamoros, Tamaulipas; así como en La Laguna, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza; fue dotado con una persona con plaza de Secretaria o Secretario de Juzgado y una persona con plaza de Oficial Judicial "C", cuya labor consiste en atender las diligencias derivadas de comunicaciones oficiales y preferentemente las que se celebren por videoconferencia; y
QUINTO. Dado que las diligencias de comunicaciones oficiales de procesos penales federales mediante el uso de videoconferencia se han reducido al mínimo, con motivo de la entrada en vigor del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo; se considera conveniente derogar el artículo TERCERO del Acuerdo General 5/2014, que regula de manera temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales que impliquen afectación de la situación jurídica de la persona bajo proceso, en diversos Juzgados de Distrito.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo Único. Se deroga el artículo TERCERO del Acuerdo General 5/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula de manera temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales que impliquen afectación de la situación jurídica de la persona bajo proceso, en diversos juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"TERCERO. Derogado."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal, en Intranet e Internet.
TERCERO. La Dirección General de Recursos Humanos proveerá lo relativo a la conclusión de las plazas temporales concedidas a los órganos jurisdiccionales por virtud del presente ordenamiento.
EL MAGISTRADO JUAN CARLOS GUZMÁN ROSAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo general 10/2025, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que deroga el artículo tercero del diverso Acuerdo General 5/2014, que regula de manera temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales que impliquen afectación de la situación jurídica de la persona bajo proceso, en diversos juzgados de distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 13 de agosto de 2025, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidenta Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica De Gyvés Zárate, Lilia Mónica López Benítez, Celia Maya García y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 20 de agosto de 2025.- Conste.- Rúbrica.
 

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