Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 18/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL DECIMOSÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracciones IV y XXIV; y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Tribunales Colegiados en cada uno de los Circuitos y Regiones en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Esta atribución la ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; y
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 7 de septiembre de 2022, aprobó el estudio relativo a la conclusión de funciones del Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, concluye funciones a las veinticuatro horas del 30 de septiembre de 2022.
Artículo 2. A partir del 9 de septiembre de 2022, todos los asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se distribuirán de manera aleatoria entre los restantes Tribunales Colegiados a los que presta servicio, para el efecto de que el órgano que concluirá funciones resuelva, en la medida de lo posible, los asuntos que se encuentren pendientes de resolución y prepare la entrega de todos su expedientes, documentos, valores, mobiliario y equipo.
Artículo 3. La o el Presidente del Tribunal Colegiado que concluye funciones designará a la servidora o al servidor público encargado de elaborar una relación de todos los expedientes, en la que se numeren de forma consecutiva y se señale el estado procesal en que se encuentran por orden de antigüedad señalando, en su caso, los anexos, bienes, billetes de depósito, fianzas, valores y demás documentos. Asimismo, elaborará el acta de entrega-recepción de los expedientes y sus anexos, entregando un tanto a la Oficina de Correspondencia Común que le presta servicios, y otro al Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda su conocimiento.
Los libros de control deberán darse por concluidos, asentando la certificación correspondiente, y ponerse en resguardo de la Dirección General de Gestión Judicial, los cuales conservará para su eventual consulta en caso de ser necesario.
Los libros de control electrónicos y reportes estadísticos contenidos en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) del órgano jurisdiccional que concluye funciones, deberán permanecer almacenados en el referido sistema.
Artículo 4. La documentación administrativa del órgano jurisdiccional (expedientes personales, control de asistencia, publicaciones, discos compactos, actas de visita, reportes estadísticos, entre otros) y el mobiliario del Tribunal Colegiado se entregarán a la Dirección General de Servicios Generales, en tanto que el equipo informático quedará en custodia de la Dirección General de Tecnologías de la Información. De lo anterior se levantará el acta respectiva.
Artículo 5. A más tardar el 23 de septiembre de 2022, el Tribunal Colegiado de Circuito que concluye funciones enviará a la Oficina de Correspondencia Común que le presta servicio, la relación de asuntos a que se refiere el artículo 3 de este Acuerdo, a fin de que los turne de forma equitativa entre los Tribunales Colegiados en la misma materia y circuito que continuarán en funciones.
Se cuidará que los expedientes relacionados materia del reparto se remitan a un mismo Tribunal Colegiado de Circuito de conformidad con lo previsto en los artículos 45, fracción II y 46 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.
Artículo 6. Los Tribunales Colegiados Primero a Decimosexto en Materia de Trabajo del Primer Circuito recibirán los asuntos, valores, garantías, objetos y otros, procedentes del Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, que concluye funciones. Asimismo, continuarán con el trámite de los expedientes hasta su conclusión, cumplimentación, en su caso, y archivo definitivo y los registrará en sus libros de control respectivos con el número subsecuente que corresponda, con excepción a los relativos al archivo definitivo, señalando en el rubro de observaciones el número de expediente que se le asignó originalmente en el Tribunal Colegiado que concluye funciones y que éstos derivan de la remisión de asuntos ordenada en el presente Acuerdo.
Artículo 7. Todas las promociones posteriores a la fecha de conclusión de funciones del Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que se relacionen con algún asunto de su índice que estén en el archivo de concentración; deberán presentarse ante la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, donde se turnarán mediante el sistema aleatorio, a los órganos jurisdiccionales a los que presta servicio.
La persona titular del Tribunal Colegiado al que se le turne la promoción, tramitará lo necesario para que se le remita el expediente correspondiente; y, en lo sucesivo, conocerá de todo lo relacionado con ésta.
Artículo 8. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, interpretarán y resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Internet e Intranet.
TERCERO. Las Secretarías Ejecutivas de Administración y de Creación de Nuevos Órganos; la Dirección General de Servicios Generales; la Dirección General de Gestión Judicial; y la Dirección General de Tecnologías de la Información llevarán a cabo las acciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 18/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 7 de septiembre de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2022.- Conste.- Rúbrica.
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