Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, CON RELACIÓN A LAS ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100, noveno párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
CUARTO. El 20 de junio de dos mil dieciseis, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo entre los tres Poderes de la Unión para la consolidación del Sistema de Justicia Penal, disponiendo en el numeral Quinto que los Poderes de la Unión, contarían en la esfera de sus facultades, con un órgano que fungiría como enlace operativo y, a la vez, como integrante de la instancia tripartita coordinadora de la Consolidación; regulándose en el artículo Primero Transitorio que dicho Acuerdo estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2018; en ese sentido, derivado de la conclusión de vigencia de este Acuerdo resulta necesario reformar la fracción IX del artículo 98, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforma la fracción IX del artículo 98 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 98. ...
I. a VIII. ...
IX. Fungir como enlace operativo para coordinar acciones en materia de consolidación del nuevo sistema de justicia penal en el Poder Judicial de la Federación, así como con las diversas instancias relacionadas del Poder Ejecutivo Federal, del Poder Legislativo Federal, de la Fiscalía General de la República y de instituciones académicas;
X. a XIII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en los portales electrónicos del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
EL MAGISTRADO JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, con relación a las atribuciones de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 24 de agosto de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 19 de abril de 2023.- Conste.- Rúbrica.
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