DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Oficio 500-05-2023-26214 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.

Martes 06 de Febrero 2024
OFICIO 500-05-2023-26214 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2023-26214
Asunto:  Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción.
En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en correlación al artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras del oficio individual señaladas en el Anexo 1 del presente oficio, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2023.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica, del Administrador de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma: L.C. Susana Herrera Maldonado, Administradora de Fiscalización Estratégica "7".- Rúbrica.
Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2023-26214 de fecha 11 de diciembre de 2023, emitido por la L.C. Susana Herrera Maldonado en su carácter de Administradora de Fiscalización Estratégica "7", en suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, en el que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, se notifica a los contribuyentes mencionados en el presente anexo que se ubican en el supuesto de presunción previsto en el párrafo primero del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los que hace referencia el oficio número 500-05-2023-26214 de fecha 11 de diciembre de 2023, indicando la fecha en que fue notificado el oficio individual de presunción.
 
 
R.F.C.
Nombre,
denominación o
razón social del
Contribuyente
Número y
fecha de oficio
individual de
presunción
Autoridad
emisora del
oficio individual
de presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
1
AET190503AM2
ADMINISTRACION
EMPRESARIAL
TABEK, S.A. DE C.V.
500-05-2023-
26161 de fecha
29 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
05 de
diciembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
2
AFH1512115S3
ADMINISTRADORA
DE FACTOR
HUMANO EUREKA,
S.A. DE C.V.
500-05-2023-
26160 de fecha
28 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
04 de
diciembre de
2023
05 de
diciembre de
2023
3
CAMS840212EC9
CALZADA MEZA
SAMUEL
500-05-2023-
26131 de fecha
27 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
01 de
diciembre de
2023
04 de
diciembre de
2023
4
CBA1511174Q5
COMERCIALIZADORA
BACANZA, S.A. DE
C.V.
500-05-2023-
26119 de fecha
17 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
17 de
noviembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
 
 
 
 
5
CDQ1903084S4
CONSTRUCCION Y
DISEÑO QUIROZ,
S.A. DE C.V.
500-26-00-02-
02-2023-13725
de fecha 29 de
junio de 2023
Administración
Desconcentrada
de Auditoría
Fiscal de
Guanajuato "3"
20 de
septiembre
de 2023
10 de octubre
de 2023
 
 
 
 
6
CEJ1905221N8
COORDINADORA
EMPRESARIAL JANO,
S.A. DE C.V.
500-05-2023-
26162 de fecha
29 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
05 de
diciembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
7
CGL1505044H3
COMERCIALIZA
DORA GLEY,
S.A. DE C.V.
500-05-2023-
26120 de fecha
17 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
24 de
noviembre de
2023
27 de
noviembre
de 2023
8
CMA150519FXA
COMERCIALIZA
DORA
MAZUTE, S.A.
DE C.V.
500-05-2023-
26166 de fecha
29 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
05 de
diciembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
9
ESI160128LB4
ENERSYS
SOLUCIONES
INTEGRALES, S.A.
DE C.V.
500-04-00-00-
00-2023-27538
de fecha 29 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Verificación y
Evaluación de
Entidades
Federativas en
Materia de
Coordinación
Fiscal
 
 
 
 
05 de
diciembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
10
GORV921125CW8
GONZALEZ
RODRIGUEZ
VIRGINIA
MONSERRAT
500-05-2023-
26167 de fecha
30 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de
diciembre de
2023
07 de
diciembre de
2023
11
JAP180526M64
JNELI ASESORIA Y
PROYECTOS, S.A.
DE C.V.
500-05-2023-
26130 de fecha
22 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
22 de
noviembre de
2023
08 de
diciembre de
2023
 
 
 
 
12
LELY921121CV8
LEON LOPEZ
YADIDIA MAGNOLIA
500-05-2023-
26132 de fecha
27 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
01 de
diciembre de
2023
04 de
diciembre de
2023
13
SCA150825515
SERVICIOS
CAPANUM,
SA DE CV
500-05-2023-
26118 de fecha
17 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
17 de
noviembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
 
 
 
 
14
SSE160701QG3
SUNGKOD
SERVICES,
S.A. DE C.V.
500-05-2023-
26165 de fecha
29 de
noviembre de
2023
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
05 de
diciembre de
2023
06 de
diciembre de
2023
Datos adicionales de los contribuyentes.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Domicilio Fiscal
Actividad preponderante
Motivo del Procedimiento
1
AET190503AM2
ADMINISTRACION EMPRESARIAL
TABEK, S.A. DE C.V.
Benito Juárez,
Ciudad de México.
Servicios de consultoría en administración
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
2
AFH1512115S3
ADMINISTRADORA DE FACTOR
HUMANO EUREKA, S.A. DE C.V.
Coyoacán, Ciudad
de México
Servicios de consultoría en administración
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
3
CAMS840212EC9
CALZADA MEZA SAMUEL
Monterrey, Nuevo
León
Otros servicios de apoyo a los negocios
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
4
CBA1511174Q5
COMERCIALIZADORA BACANZA,
S.A. DE C.V.
Tlalpan, Ciudad de
México.
Otros intermediarios de comercio al por mayor
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
5
CDQ1903084S4
CONSTRUCCION Y DISEÑO
QUIROZ, S.A. DE C.V.
Irapuato,
Guanajuato
Otras construcciones de ingeniería civil u obra
pesada, Construcción de vivienda multifamiliar,
Construcción de obras de urbanización, Otros
servicios de apoyo a los negocios, Otros
intermediarios de comercio al por mayor, Comercio
al por mayor de fertilizantes, plaguicidas y semillas
para siembra.
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Falta de Infraestructura, Sin
capacidad material
6
CEJ1905221N8
COORDINADORA EMPRESARIAL
JANO S.A. DE C.V.
Benito Juárez,
Ciudad de México.
Otros servicios de apoyo a los negocios
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
7
CGL1505044H3
COMERCIALIZADORA GLEY, S.A.
DE C.V.
Alcaldía
Cuauhtémoc,
Ciudad de México.
Otros intermediarios de comercio al por mayor
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
8
CMA150519FXA
COMERCIALIZADORA MAZUTE,
S.A. DE C.V.
Ecatepec de
Morelos, Estado de
México
Comercio al por mayor de ropa
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Falta de infraestructura.
9
ESI160128LB4
ENERSYS SOLUCIONES
INTEGRALES, S.A. DE C.V.
Tampico,
Tamaulipas
Otras construcciones de ingeniería civil u obra
pesada, Reparación y mantenimiento de
maquinaria y equipo industrial
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
10
GORV921125CW8
GONZALEZ RODRIGUEZ
VIRGINIA MONSERRAT
Oaxaca de Juárez,
Oaxaca.
Otros servicios de apoyo a los negocios
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
11
JAP180526M64
JNELI ASESORIA Y PROYECTOS,
S.A. DE C.V.
Reynosa,
Tamaulipas
Otros intermediarios de comercio al por mayor
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Falta de infraestructura.
12
LELY921121CV8
LEON LOPEZ YADIDIA MAGNOLIA
Veracruz, Veracruz
de Ignacio de la
Llave
Otros servicios de apoyo a los negocios
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Sin capacidad material
13
SCA150825515
SERVICIOS CAPANUM SA DE CV
Miguel Hidalgo,
Ciudad de México
Servicios combinados de apoyo en instalaciones
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material.
14
SSE160701QG3
SUNGKOD SERVICES, S.A. DE
C.V.
Municipio Benito
Juárez, Quintana
Roo
Servicios de contabilidad y auditoría
Ausencia de activos., Ausencia de
personal, Falta de infraestructura.
 
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