DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Oficio 500-05-2024-6715 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.

Viernes 31 de Mayo 2024
OFICIO 500-05-2024-6715 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2024-6715
Asunto:  Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción.
En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en correlación al artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras del oficio individual señaladas en el Anexo 1 del presente oficio, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 08 de marzo de 2024.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica, del Administrador de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma L.C. Susana Herrera Maldonado, Administradora de Fiscalización Estratégica "7".- Rúbrica.
Asunto:   Anexo 1 del oficio número 500-05-2024-6715 de fecha 08 de marzo de 2024, emitido por la L.C. Susana Herrera Maldonado en su carácter de Administradora de Fiscalización Estratégica "7", en suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, en el que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, se notifica a los contribuyentes mencionados en el presente anexo que se ubican en el supuesto de presunción previsto en el párrafo primero del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los que hace referencia el oficio número 500-05-2024-6715 de fecha 08 de marzo de 2024, indicando la fecha en que fue notificado el oficio individual de presunción.
 
R.F.C.
Nombre,
denominación o razón
social del
Contribuyente
Número y
fecha de oficio
individual de
presunción
Autoridad
emisora del
oficio individual
de presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
1
CVI151117L21
CONSTRUCTORA
VIGACONCRET, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-
6590 de fecha
16 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
16 de febrero
de 2024
05 de marzo
de 2024
 
 
 
 
2
EHC0910214V8
ESTRATEGIAS
HUMANAS
COLECTIVAS DEL
SURESTE, S.C.P.
500-05-2024-
6667 de fecha
26 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
01 de marzo
de 2024
04 de marzo
de 2024
3
GIM110913UD0
GRUPO IMPULSOR
MAYAPAL DE LOS
ALTOS, S.C.P.
500-05-2024-
6668 de fecha
27 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
04 de marzo
de 2024
05 de marzo
de 2024
4
LNG200520FK9
LINYSUB NUEVA
GENERACION, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-
6665 de fecha
26 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
01 de marzo
de 2024
04 de marzo
de 2024
5
MDA190509KR3
MARKETING DIGITAL
AVANTA, S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6556 de fecha
02 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
09 de febrero
de 2024
12 de
febrero de
2024
6
NES190517GA6
NESTROCK, S.A. DE
C.V.
500-05-2024-
6554 de fecha
01 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
08 de febrero
de 2024
09 de
febrero de
2024
7
PRO150413RA6
PROCONIC, S.A. DE
C.V.
500-05-2024-
6596 de fecha
19 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
20 de febrero
de 2024
07 de marzo
de 2024
 
 
 
 
8
PXI131031K91
EL PARAJE XIHUTEK,
S.C.P.
500-05-2024-
6666 de fecha
26 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
27 de febrero
de 2024
28 de
febrero de
2024
9
QPW160825QQ3
QUALITY PRODUCTS
WORLWIDE OBM, S.A.
DE C.V.
500-32-00-03-
04-2024-1331
de fecha 15 de
febrero de 2024
Administración
Desconcentrada
de Auditoría Fiscal
de Jalisco "3"
 
 
 
 
21 de febrero
de 2024
22 de
febrero de
2024
10
RSC191218Q78
ROMANUTII
SORRENTINO
CONSULTORES, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-
6555 de fecha
02 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
09 de febrero
de 2024
12 de
febrero de
2024
11
SFY151117IZ8
SERVICIOS FYMEZ,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6591 de fecha
16 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
16 de febrero
de 2024
05 de marzo
de 2024
 
 
 
 
12
SGA1602033C2
SERVICIOS GALATON,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6592 de fecha
16 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
16 de febrero
de 2024
05 de marzo
de 2024
 
 
 
 
13
TEM1511177Y7
TEXTILES EMIRATES,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6593 de fecha
16 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
16 de febrero
de 2024
05 de marzo
de 2024
 
 
 
 
14
TID130516B20
TRANSPORTANDO
IDEAS, S.A. DE C.V.
500-45-00-00-
00-2024-13333
de fecha 02 de
febrero de 2024
Administración
Desconcentrada
de Auditoría Fiscal
de Puebla "1"
 
 
09 de febrero
de 2024
12 de febrero
de 2024
 
 
15
TMS160218NV5
TEXTILES Y
MANUFACTURAS
SHALON, S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6594 de fecha
19 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
20 de febrero
de 2024
07 de marzo
de 2024
 
 
 
 
16
TSI151117871
TELAS SIKARTEX,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-
6595 de fecha
19 de febrero
de 2024
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
20 de febrero
de 2024
07 de marzo
de 2024
 
 
 
 
 
Datos adicionales de los contribuyentes.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o
razón social del Contribuyente
Domicilio Fiscal
Actividad preponderante
Motivo del Procedimiento
1
CVI151117L21
CONSTRUCTORA
VIGACONCRET, S.A. DE C.V.
Benito Juárez, Ciudad de
México
Construcción de vivienda multifamiliar
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
2
EHC0910214V8
ESTRATEGIAS HUMANAS
COLECTIVAS DEL SURESTE,
SCP
Mérida, Yucatán
Servicios de consultoría en administración
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
3
GIM110913UD0
GRUPO IMPULSOR MAYAPAL
DE LOS ALTOS, SCP
Kanasín, Yucatán
Servicios de contabilidad y auditoría
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
4
LNG200520FK9
LINYSUB NUEVA
GENERACION, S.A. DE C.V.
Naucalpan de Juárez,
Estado de México
Servicios de consultoría en administración
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
5
MDA190509KR3
MARKETING DIGITAL AVANTA,
S.A. DE C.V.
Toluca, Estado de México
Servicios de apoyo para efectuar trámites legales
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
6
NES190517GA6
NESTROCK, S.A. DE C.V.
Pachuca de Soto, Hidalgo
Agencias de publicidad
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
7
PRO150413RA6
PROCONIC, S.A. DE C.V.
Monterrey, Nuevo León
Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de
uso general
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
8
PXI131031K91
EL PARAJE XIHUTEK, SCP
Kanasín, Yucatán
Bufetes jurídicos
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
9
QPW160825QQ3
QUALITY PRODUCTS
WORLWIDE OBM, S.A. DE C.V.
Zapopan, Jalisco
Comercio al por mayor de equipo de
telecomunicaciones, fotografía y cinematografía
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
10
RSC191218Q78
ROMANUTII SORRENTINO
CONSULTORES, S.A. DE C.V.
Benito Juárez, Ciudad de
México
Agencias de publicidad
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
11
SFY151117IZ8
SERVICIOS FYMEZ, S.A. DE
C.V.
Tlalpan, Ciudad de
México
Otros servicios de consultoría científica y técnica
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
12
SGA1602033C2
SERVICIOS GALATON, S.A. DE
C.V.
Tlalpan, Ciudad de
México
Construcción de obras para el tratamiento, distribución
y suministro de agua y drenaje
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
13
TEM1511177Y7
TEXTILES EMIRATES, S.A. DE
C.V.
Tlalpan, Ciudad de
México
Comercio al por mayor de otros productos textiles
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
14
TID130516B20
TRANSPORTANDO IDEAS, S.A.
DE C.V.
Tehuacán, Puebla
Servicios de consultoría en administración
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Falta de Infraestructura, Sin
Capacidad Material
15
TMS160218NV5
TEXTILES Y MANUFACTURAS
SHALON, S.A. DE C.V.
Ecatepec de Morelos,
Estado de México
Comercio al por mayor de fibras, hilos y telas
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
16
TSI151117871
TELAS SIKARTEX, S.A. DE C.V.
Miguel Hidalgo, Ciudad
de México
Otros intermediarios de comercio al por mayor
Ausencia de Activos, Ausencia de
Personal, Sin Capacidad Material
__________________________
 

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