En la página 12, artículo 11, fracción II, dice:
"II. Las personas titulares de las subsecretarías, de la Unidad de Proyectos, Seguimiento y Evaluación Institucional; de la Unidad General de Asuntos Jurídicos; de la Unidad de Administración y Finanzas; de la Comisión Nacional para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México y de los órganos administrativos desconcentrados, por las personas titulares de las unidades, direcciones generales y coordinaciones de nivel jerárquico inmediato inferior que tengan adscritas, en el ámbito de sus respectivas competencias;"
Debe decir:
"II. Las personas titulares de las subsecretarías, de la Unidad de Proyectos, Seguimiento y Evaluación Institucional; de la Unidad General de Asuntos Jurídicos; de la Unidad de Administración y Finanzas; de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México y de los órganos administrativos desconcentrados, por las personas titulares de las unidades, direcciones generales y coordinaciones de nivel jerárquico inmediato inferior que tengan adscritas, en el ámbito de sus respectivas competencias;"
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