Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 21, 31, 32, 32 Bis, 33, 34, 35, 36, 38, 39 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 10, 20, 21 y 22 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 5o., párrafo primero y sus fracciones I, V, VII, VIII, IX, y párrafo segundo; 9o., párrafo primero y sus fracciones I, II, III, VI, VII, VIII, IX, XI, XIII y XIV; 10, párrafo primero y sus fracciones II y IV; 13, párrafo primero; 14, párrafo tercero; 16; 17; 18; 19, fracción VIII, así como la denominación del Capítulo III, y se ADICIONAN a los artículos 5o., la fracción X y 10, la fracción I Bis, del Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 5o.- La Comisión está integrada por las personas titulares de las dependencias del Ejecutivo Federal siguientes:
I. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, quien la preside;
II. a IV. ...
V. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
VI. ...
VII. Secretaría de Bienestar;
VIII. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
IX. Secretaría de Educación Pública, y
X. Secretaría de Energía.
Forman parte de la Comisión, además de las dependencias previstas en el párrafo anterior, las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se traten. Los cargos que se desempeñen en la Comisión son honoríficos.
Artículo 9o.- La persona titular de la Secretaría Técnica es designada por la Comisión, a propuesta de la persona que la presida, y tiene las funciones siguientes:
I. Emitir las convocatorias a las sesiones de la Comisión, previo acuerdo con la persona que presida la Comisión;
II. Enviar a las personas integrantes de la Comisión, las convocatorias a las sesiones junto con el orden del día respectivo, de conformidad con el artículo 13 del presente reglamento;
III. Invitar a las sesiones de la Comisión, previo acuerdo con la persona que presida la Comisión, a las personas servidoras públicas y demás personas a que se refiere el artículo 8, fracción IV, de este reglamento;
IV. y V. ...
VI. Levantar y firmar las actas de las sesiones de la Comisión;
VII. Elaborar los estudios que le encomiende la Comisión, y realizar los trabajos necesarios para apoyar el desempeño de las funciones de la Comisión, en coordinación con sus integrantes;
VIII. Informar a la persona que preside la Comisión sobre el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos aprobados;
IX. Proponer, a la persona que preside la Comisión, la creación de grupos de trabajo, así como turnarles los asuntos que les hayan sido asignados y darles el seguimiento correspondiente;
X. ...
XI. Proponer, a la persona que presida la Comisión, el anteproyecto del programa anual de trabajo, y las acciones específicas relacionadas con dicho programa, así como el anteproyecto de los procedimientos de evaluación de las acciones aprobadas;
XII. ...
XIII. Informar a la persona que presida la Comisión de la correspondencia recibida y, de conformidad con sus instrucciones, realizar el trámite correspondiente, y
XIV. Las demás que le asigne la Comisión o la persona que la presida.
CAPÍTULO III
De las personas integrantes de la Comisión
Artículo 10.- Corresponde a las personas integrantes de la Comisión las funciones siguientes:
I. ...
I Bis. Proponer a la Comisión temas de desarrollo rural sustentable;
II. Opinar sobre los asuntos que se presenten ante la Comisión y proponer estrategias de solución;
III. ...
IV. Informar a la persona titular de la Secretaría Técnica sobre el cumplimiento de las resoluciones de la Comisión, en lo relativo al ámbito de las atribuciones de la dependencia o entidad que representan, y
V. ...
Artículo 13.- Las convocatorias para las sesiones ordinarias se notificarán por lo menos con cinco días hábiles de anticipación, mediante escrito en el cual se señale sede, fecha y hora de dichas sesiones, y se les entregará a las personas integrantes de la Comisión el orden del día respectivo y, en su caso, la documentación relativa a los asuntos a tratar y el proyecto del acta de la sesión anterior.
...
Artículo 14.- ...
...
En este caso, la sesión se considerará válida cualquiera que sea el número de las personas integrantes de la Comisión que estén presentes.
Artículo 16.- Las decisiones de la Comisión serán tomadas preferentemente por consenso. Cuando sea necesario someter a votación algún asunto, los acuerdos se tomarán por mayoría y, en caso de empate, la persona que presida la Comisión tendrá voto de calidad.
Efectuada la votación, la persona titular de la Secretaría Técnica asentará el resultado en el acta correspondiente.
Artículo 17.- La persona titular de la Presidencia de la Comisión instruirá a la persona titular de la Secretaría Técnica para que se proceda al debido cumplimiento de los acuerdos adoptados.
Artículo 18.- La persona titular de la Secretaría Técnica elaborará informes que muestren el grado de avance en la ejecución de las acciones derivadas de la operación de la Comisión, con el fin de realizar las evaluaciones correspondientes y, en su caso, proponer las acciones que procedan.
Artículo 19.- ...
I. a VII. ...
VIII. Aquellos que sean indicados por la persona que presida la Comisión.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México, a 1 de agosto de 2025.- La Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- Secretario de Hacienda y Crédito Público, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra.- Rúbrica.- Secretaria de Energía, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.- Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Antonio Berdegué Sacristán.- Rúbrica.- Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Secretario de Educación Pública, Mario Martín Delgado Carrillo.- Rúbrica.- Secretario de Salud, David Kershenobich Stalnikowitz.- Rúbrica.- Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Edna Elena Vega Rangel.- Rúbrica.
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