ACUERDO CCNO/10/2006, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/10/2006, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que se pude ejercer a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre de dos mil seis;
CUARTO.- En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General señalado en el considerando anterior, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo Circuito haya varios de ellos; por lo que realizó el estudio de las estadísticas relativas a los asuntos que se tramitan en los tribunales colegiados en materia administrativa del Segundo Circuito;
QUINTO.- La Comisión de Creación de Nuevos Organos, advierte que el número de asuntos radicados en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, excede al segundo y tercer tribunales colegiados de esa misma materia y Circuito, por lo que es necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la que se considera conveniente excluir del turno de nuevos asuntos a los tribunales colegiados citados en primer término.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se excluye del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, en el periodo comprendido del veintisiete de noviembre de dos mil seis al catorce de enero de dos mil siete; turnándose los asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con sede en Naucalpan de Juárez, Estado de México, al segundo y tercer tribunales colegiados de la materia, y sede aludidos, con excepción de los asuntos relacionados los que serán turnados al órgano jurisdiccional correspondiente, con el propósito de aprovechar el conocimiento previo y evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
SEGUNDO.- Una vez transcurrido el periodo especificado en el punto anterior, el órgano jurisdiccional excluido se incorporará según corresponda, al turno de nuevos asuntos, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
TERCERO.- Al finalizar el periodo de exclusión otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
CUARTO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/10/2006, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el dieciséis de noviembre de dos mil seis, por los señores Consejeros: Presidente Adolfo O. Aragón Mendía, Elvia Díaz de León DHers y María Teresa Herrera Tello.- México, Distrito Federal, a dieciséis de noviembre de dos mil seis.- Conste.- Rúbrica.
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