DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se reforma la fracción XXVIII, recorriéndose las actuales XXVIII y XXIX; pasando a ser XXIX y XXX, respectivamente, del artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos   

Viernes 30 de Diciembre 2005

DECRETO por el que se reforma la fracción XXVIII, recorriéndose las actuales XXVIII y XXIX; pasando a ser XXIX y XXX, respectivamente, del artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.

  EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:

  SE REFORMA LA FRACCIÓN XXVIII, RECORRIÉNDOSE LAS ACTUALES XXVIII Y XXIX; PASANDO A SER XXIX Y XXX, RESPECTIVAMENTE, DEL ARTÍCULO 90 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

  Artículo Único.- Se reforma la fracción XXVIII, recorriéndose las actuales XXVIII y XXIX, para ser las XXIX y XXX respectivamente del artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

  Artículo 90.

  1.

  I a XXVII. ...

  XXVIII. Seguridad Pública;

  XXIX. Trabajo y Previsión Social, y

  XXX. Turismo.

TRANSITORIO

  Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  México, D.F., a 14 de diciembre de 2005.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente.- Rúbrica.- Sen. Sara Isabel Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbrica.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 30 de diciembre de 2005


      DIARIO OFICIAL 



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