DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo por el que se da a conocer el precio máximo de venta de gas natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía, correspondiente al mes de diciembre de 2005   

Lunes 12 de Diciembre 2005

ACUERDO por el que se da a conocer el precio máximo de venta de gas natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía, correspondiente al mes de diciembre de 2005.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 2o., 3o. y 7o. fracción II de la Ley Federal de Competencia Económica; 1o., 4o. y 8o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el artículo 7o. fracción II de la Ley Federal de Competencia Económica, corresponde a la Secretaría de Economía, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, determinar mediante acuerdo los precios máximos que correspondan a los bienes y servicios, que sean necesarios para la economía nacional o el consumo popular, determinados por el Ejecutivo Federal en los términos de dicho precepto, con base a criterios que eviten la insuficiencia en el abasto;

Que el 12 de septiembre de 2005, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se sujeta a precio máximo el gas natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía;

Que de conformidad con el artículo tercero del decreto señalado en el segundo considerando del presente Acuerdo, la Secretaría de Economía deberá publicar mensualmente el precio máximo de venta de gas natural que vendan Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía, y

Que con la información que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios proporcionen a la Secretaría de Economía, es responsabilidad de ésta, dar a conocer el precio máximo de venta de gas natural que vendan Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía, que se aplicará en el territorio nacional durante el mes de octubre de 2005, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PRECIO MAXIMO DE VENTA DE GAS NATURAL QUE VENDEN PETROLEOS MEXICANOS Y SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS A LOS CONSUMIDORES INDUSTRIALES Y A LOS PERMISIONARIOS DE DISTRIBUCION Y SUS EMPRESAS FILIALES, QUE ADQUIERAN DICHO ENERGETICO PARA LA VENTA EN SUS ZONAS GEOGRAFICAS DE DISTRIBUCION, EN LOS TERMINOS DEL PERMISO RESPECTIVO OTORGADO POR LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA, CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2005

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo tercero del Decreto por el que se sujeta a precio máximo el gas natural que venden Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios a los consumidores industriales y a los permisionarios de distribución y sus empresas filiales, que adquieran dicho energético para la venta en sus zonas geográficas de distribución, en los términos del permiso respectivo otorgado por la Comisión Reguladora de Energía y de acuerdo con la información que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios han proporcionado a la Secretaría de Economía se da a conocer el siguiente:

Precio máximo de venta de gas natural en Reynosa, Tamaulipas, que para el mes de diciembre de 2005 se establece en 7.4477 (siete punto cuarenta y cuatro setenta y siete) dólares de los Estados Unidos de América por millón de unidades térmicas británicas (USD/MMBtu), equivalente a 29.55 (veintinueve punto cincuenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por Gigacaloría (USD/Gcal).

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación y será aplicable durante el mes de diciembre de 2005.

México, D.F., a 8 de diciembre de 2005.- El Secretario de Economía, Sergio Alejandro García de Alba Zepeda.- Rúbrica.


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