PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACUERDO General 2/2005 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, de los Tribunales Unitarios en Materia Penal, así como de los Tribunales Unitarios en Materias Civil y Administrativa, todos del Primer Circuito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 2/2005, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS EN MATERIA PENAL, ASI COMO DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA, TODOS DEL PRIMER CIRCUITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio de los juzgados primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo, decimoprimero, decimosegundo, decimotercero, decimocuarto, decimoquinto y decimosexto de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, así como de su oficina de correspondencia común; del primer, segundo, tercer, cuarto y quinto tribunales unitarios en materia penal del primer Circuito y de su oficina de correspondencia común; así como del primer y segundo tribunales unitarios en materias civil y administrativa del primer Circuito y de su oficina de correspondencia común;
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales y oficinas de correspondencia común a que se hace referencia en el considerando tercero.
SEGUNDO.- El nuevo domicilio de los juzgados de Distrito motivo del presente acuerdo, así como el de su oficina de correspondencia común, será el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos 1950, colonia Tlacopac San Angel, delegación Alvaro Obregón, código postal 01049, Distrito Federal.
TERCERO.- El nuevo domicilio de los tribunales unitarios en materia penal del primer Circuito motivo del presente acuerdo, así como el de su oficina de correspondencia común, corresponderá al ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos 2321, colonia Tlacopac San Angel, delegación Alvaro Obregón, código postal 01760, Distrito Federal.
CUARTO.- El nuevo domicilio de los tribunales unitarios en materias civil y administrativa del primer Circuito motivo del presente acuerdo, así como el de su oficina de correspondencia común, será el ubicado en el Palacio de Justicia Federal de San Lázaro, sito en Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, Distrito Federal.
QUINTO.- Los juzgados primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, séptimo, octavo, noveno, décimo, decimotercero y decimocuarto de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal y la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, iniciarán funciones en su nuevo domicilio el veinticuatro de enero de dos mil cinco; mientras que los juzgados sexto, decimoprimero, decimosegundo, decimoquinto y decimosexto de Distrito en la materia y residencia referidas, iniciarán funciones en el aludido domicilio el veintiséis de enero de dos mil cinco.
El segundo y cuarto tribunales unitarios en materia penal del primer Circuito iniciarán funciones en su nuevo domicilio el treinta y uno de enero de dos mil cinco; el tercer y quinto tribunales unitarios en la materia y Circuito referidos, iniciarán funciones en el aludido domicilio el catorce de febrero de dos mil cinco; el primer tribunal unitario en la materia y Circuito mencionados, así como la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios en Materia Penal del Primer Circuito iniciarán funciones en el referido domicilio el veintiuno de febrero de dos mil cinco.
El primer y segundo tribunales unitarios en materias civil y administrativa del primer Circuito y su oficina de correspondencia común iniciarán funciones en su nuevo domicilio el siete de febrero de dos mil cinco.
SEXTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales en cita, deberán dirigirse y realizarse en los domicilios precisados en los puntos segundo, tercero y cuarto de este acuerdo.
SEPTIMO.- Para la recepción de asuntos urgentes durante el periodo de mudanza cubrirán guardias del diecisiete al veintitrés de enero de dos mil cinco, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y del veinticuatro al treinta de enero de dos mil cinco, el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa.
OCTAVO.- Todos los órganos jurisdiccionales a que se hace referencia en este acuerdo conservarán su denominación, competencia y jurisdicción territorial.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 2/2005, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, de los Tribunales Unitarios en Materia Penal, así como de los Tribunales Unitarios en Materias Civil y Administrativa, todos del Primer Circuito fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de doce de enero de dos mil cinco, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Luis María Aguilar Morales, Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza, Elvia Díaz de León D Hers, y María Teresa Herrera Tello.- México, Distrito Federal, a doce de enero de dos mil cinco.- Conste.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 de enero de 2005
Jueves 20 de enero de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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