DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo por el que se autorizan las distancias ortodrómicas y las envergaduras de las aeronaves, para el efecto de la aplicación de los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos   

Viernes 31 de Diciembre 2004

ACUERDO por el que se autorizan las distancias ortodrómicas y las envergaduras de las aeronaves, para el efecto de la aplicación de los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

  GILBERTO LOPEZ MEYER, Director General de Aeronáutica Civil, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 26 y 36 fracciones I, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracciones IV, XV y último párrafo y 7 primer párrafo de la Ley de Aviación Civil; 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos; Regla 9.35 de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, y 1o., 2o., 10 fracciones I y IV y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

  I.- Que con fecha 1 de diciembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

  II.- Que en los artículos 289 y 290 de la Ley Federal de Derechos, así como en el punto 9.35 de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, se determina que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, publicará en el Diario Oficial las distancias ortodrómicas y las envergaduras de las aeronaves.

  III.- Por lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

  ARTICULO PRIMERO.- Esta Dirección General de Aeronáutica Civil, para los efectos de los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos, autoriza las distancias ortodrómicas entre los puntos coordinados dentro de la República Mexicana, que aparecen publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 15 de febrero de 2002, así como las publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2004.

  ARTICULO SEGUNDO.- Esta Dirección General de Aeronáutica Civil, para los efectos de los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos, autoriza las siguientes envergaduras representativas de aeronaves:

DESIGNADOR OACI FABRICANTE/MODELO DE LAS AERONAVES ENVERGADURA (Mts)
AERONAVES GRANDES (DE MAS DE 38.0 METROS)
B744 BOEING, 747-400 64.4
A346 AIRBUS, A-340-600 63.4
B772 BOEING, 777-200 60.9
B762 BOEING, 767-200ER/-300,J,K 47.6
AERONAVES MEDIANAS (DE MAS DE 25.0 METROS HASTA 38.0 METROS)
B752 BOEING, 757-200 MED. RANGE 38.0
A320 AIRBUS, A320 34.0
GLF5 GULFSTREAM AEROSPACE, GULFSTREAM 5 28.5
DC91 MCDONNELL DOUGLAS, DC-9 SERIES 10 MODEL 15 27.2
AERONAVES PEQUEÑAS TIPO B (DE MAS DE 12.5 METROS Y HASTA 25.0 METROS)
AT43 AEROSPATIALE, ATR 42-200 24.5
E145 EMBRAER, ERJ145 20.0
C750 CESSNA 750 19.4
C208 CESSNA 208B 15.9
AERONAVES PEQUEÑAS TIPO A (HASTA 12.5 METROS Y LOS HELICOPTEROS)
C421 CESSNA 421 12.5
C82R CESSNA 182 11.0
C206 CESSNA 206 11.0
LJ25 LEAR JET 25 10.8

  ARTICULO TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación para los efectos establecidos en los artículos 289, 290 y 291 de la Ley Federal de Derechos.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  México, D.F., a 29 de diciembre de 2004.- El Director General de Aeronáutica Civil, Gilberto López Meyer.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2004


Viernes 31 de diciembre de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.