ACUERDO General 56/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que crea la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales, y que reforma y adiciona los diversos Acuerdos Generales 48/1998 y 5/2000, del propio Cuerpo Colegiado en relación con las atribuciones de la Comisión de Carrera Judicial y la Secretaría Ejecutiva correspondiente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 56/2004 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE CREA LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, Y QUE REFORMA Y ADICIONA LOS DIVERSOS ACUERDOS GENERALES 48/1998 Y 5/2000, DEL PROPIO CUERPO COLEGIADO EN RELACION CON LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISION DE CARRERA JUDICIAL Y LA SECRETARIA EJECUTIVA CORRESPONDIENTE.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- El artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación dispone que corresponde al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinar la normatividad y los criterios tendientes a modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y los procedimientos internos;
CUARTO.- El desarrollo de las actividades en diversas áreas del Consejo de la Judicatura Federal requiere de medidas que le permitan actualizar y perfeccionar su composición interna, lo que posibilitará la eficiencia en la prestación de los servicios y, por ende, la optimización de los recursos;
QUINTO.- El artículo 77 de la ley orgánica invocada, dispone que el Consejo de la Judicatura Federal contará con aquellas comisiones permanentes o transitorias de composición variable que determine el Pleno, debiendo existir en todo caso, las de administración, carrera judicial, disciplina, creación de nuevos órganos y la de adscripción; mientras que el diverso numeral 87 del propio ordenamiento en cita señala que los Secretarios Ejecutivos contarán con las atribuciones que determine el Pleno mediante acuerdos generales;
SEXTO.- El nueve de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó por unanimidad de votos el Acuerdo General 48/1998, que Regula la Organización y Funcionamiento de la propia institución, en cuyo artículo 292, se establece que el propio Pleno podrá modificar el contenido del acuerdo en cita, cuando así lo requiera el funcionamiento del Consejo, por iniciativa del Presidente, cualquiera de los Consejeros o de las Comisiones;
SEPTIMO.- El Consejo de la Judicatura Federal ha mantenido relaciones con las entidades afines de los Estados de la República Mexicana y de otros países, así como con diversas organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros;
OCTAVO.- En el marco de su competencia es importante fortalecer la presencia del Consejo de la Judicatura Federal en sus relaciones internacionales; estrechar las relaciones de cooperación en el ámbito de su competencia con otros poderes judiciales, consejos de la magistratura, organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros; así como mejorar la imagen que internacionalmente se tiene del sistema de impartición de justicia, mediante el intercambio de conocimientos y experiencias atinentes a su ámbito competencial;
NOVENO.- Es importante establecer comunicación continua con los encargados de las áreas en materia internacional, con los demás Poderes de la Unión;
DECIMO.- Dada la importancia que tiene reforzar la presencia del Consejo de la Judicatura Federal tanto en el ámbito nacional como en el internacional, así como el efectuar programas especiales de utilidad real y efectiva para el desempeño de las funciones encomendadas a los servidores públicos del propio Consejo, resulta pertinente crear, bajo la supervisión de la Comisión de Carrera Judicial y dentro de la estructura de la Secretaría Ejecutiva correspondiente, la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a otros órganos; para lo cual es necesario modificar los Acuerdos Generales 48/1998 y 5/2000, del Pleno de este Cuerpo Colegiado.
En consecuencia, con fundamento en las citadas disposiciones constitucionales y legales invocadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se crea la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales que operará bajo las directrices generales de la Comisión de Carrera Judicial.
SEGUNDO.- Se adiciona al Acuerdo General 48/1998, un inciso en su artículo 3 para que en su inciso p), contemple a la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales, y se recorre en su orden el vigente inciso p) para quedar como inciso q);
TERCERO.- Se reforma el Acuerdo General 48/1998, que Regula la Organización y Funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, a fin de adicionarle una fracción XVIII bis al artículo 61, para quedar en los términos siguientes:
Art. 61.- ...
I a XVIII
XVIII bis. Establecer criterios para coordinar y supervisar el funcionamiento de la Dirección General de Relaciones Nacionales e internacionales;
XIX a XXIII.-
CUARTO.- Se reforma el Acuerdo General 5/2000 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Determina la Adscripción de Diversas Unidades Administrativas a la Presidencia del mismo y Actualiza las Atribuciones del Secretariado Ejecutivo, con las Direcciones Generales que les Corresponden, a fin de adicionarle una fracción XL bis al artículo 12, y los artículos 12 bis, 12 ter y 12 quater para quedar en los términos siguientes:
Artículo 12.- ...
I a XL.-
XL bis.- Dar seguimiento a las actividades de la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales a fin de que se ajuste a las directrices de la Comisión de Carrera Judicial, y en su caso, a las del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Artículo 12 bis. Estructura. La Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, contará con la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales que estará adscrita a la Comisión de Carrera Judicial.
Artículo 12 ter. Objetivo. La Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales, será la responsable de reforzar la presencia del Consejo de la Judicatura Federal tanto en el ámbito nacional como en el internacional, en particular para contribuir al fortalecimiento del propio Consejo, de su independencia y de la capacitación de sus funcionarios, así como de efectuar programas especiales de utilidad real y efectiva para el desempeño de las funciones encomendadas a los servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal.
Artículo 12 quater. Atribuciones. La Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales tendrá las siguientes atribuciones:
I. Ejecutar la política que determine la Comisión de Carrera Judicial con aprobación del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en las relaciones con los Consejos de la Judicatura Estatales, y en su defecto, con los Poderes Judiciales de los Estados de la República Mexicana y de otros países, organizaciones internacionales, gobiernos extranjeros, así como instituciones académicas y barras o colegios de abogados nacionales y extranjeros;
II. Establecer y mantener contacto con las áreas encargadas de las relaciones internacionales de los otros poderes, así como con la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
III. Dar trámite y seguimiento a los asuntos relacionados con eventos nacionales que expresamente se le encomienden;
IV. Dar trámite y seguimiento a todos los asuntos relacionados con eventos internacionales que se sometan a la consideración de este Consejo de la Judicatura Federal;
V. Planear y organizar las visitas oficiales a los Consejos de la Judicatura de otros países, así como las que se reciban en el Consejo de la Judicatura Federal;
VI. Elaborar proyectos de acuerdos marco y específicos de cooperación a celebrarse con los Consejos de la Judicatura de las Entidades Federativas de la Nación, los de otros países y con organizaciones nacionales e internacionales;
VII. Coordinar la participación del Consejo de la Judicatura Federal en los Encuentros Iberoamericanos de Consejos de la Judicatura de conformidad con las normas de funcionamiento de tales Encuentros;
VIII. Apoyar al presidente del Consejo de la Judicatura Federal cuando, en su caso, le corresponda asumir la Secretaría Permanente o Pro-tempore de los Encuentros Iberoamericanos de Consejos de la Judicatura, de acuerdo con las normas de funcionamiento de estos Encuentros;
IX. Ser el enlace del Consejo de la Judicatura Federal con los Encuentros Internacionales que se organicen sobre impartición o administración de justicia;
X. Apoyar a los Consejeros de la Judicatura Federal o a quienes acudan en representación de este Consejo, en los eventos nacionales que incumban a la Dirección General, y en los internacionales a los que asistan o les corresponda realizar en interés del propio Consejo;
XI. Coordinarse con las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal y sus órganos auxiliares, así como con diversas organizaciones e instituciones, públicas o privadas, que coadyuven al objetivo mencionado en la fracción anterior;
XII. Llevar la relación de los acuerdos marco y específicos de cooperación a que se refiere la fracción VI; así como de los asuntos nacionales e internacionales y proyectos especiales que corresponda conocer a la Dirección General y mantener el acervo documental correspondiente;
XIII. Llevar el registro de las participaciones de los señores Consejeros en los diversos foros internacionales, y procurar su difusión entre los miembros del Poder Judicial de la Federación, en tanto tengan relación con la función judicial, por conducto de las correspondientes áreas del Consejo de la Judicatura Federal, conforme a las directrices que señale la Comisión de Carrera Judicial o el Pleno del propio Consejo;
XIV. Proponer a la Comisión de Carrera Judicial los proyectos especiales a cargo de la Dirección General, así como la forma y medios para instrumentarlos;
XV. Establecer los enlaces con instituciones de los sectores público, social y privado y, en su caso, promover la firma de convenios de colaboración para el desarrollo de las actividades del orden nacional y de los programas especiales que estén a cargo de la Dirección General;
XVI. Establecer vínculos de colaboración con la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuando sean necesarios para el desarrollo de las atribuciones y obligaciones de la Dirección General;
XVII. Establecer vínculos de colaboración con los Organos del Consejo de la Judicatura Federal cuando sea necesario para el desarrollo de las atribuciones de dichas entidades;
XVIII. Proponer a la Comisión de Carrera Judicial los instrumentos y medios que propicien la eficiencia, y la eficacia en el desarrollo de las atribuciones y cumplimiento de las obligaciones de la Dirección General;
XIX. Dar cuenta a la Comisión de Carrera Judicial y, en su caso, al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal de todos los asuntos que le hayan sido turnados o que le hayan encomendado directamente;
XX. Rendir a la Comisión de Carrera Judicial y, al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal el informe anual de las actividades efectuadas, así como los reportes de evaluación administrativa, con la periodicidad que le sean requeridos;
XXI. Las demás que expresamente le confieran los acuerdos y disposiciones generales correspondientes o le asigne el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el Presidente del Propio Consejo, la Comisión de Carrera Judicial o la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
QUINTO.- La Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales estará a cargo de un Director General que será designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal a propuesta de la Comisión de Carrera Judicial.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación; así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 56/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que crea la Dirección General de Relaciones Nacionales e Internacionales, y que Reforma y Adiciona los Diversos Acuerdos Generales 48/1998 y 5/2000, del Propio Cuerpo Colegiado en Relación con las Atribuciones de la Comisión de Carrera Judicial y la Secretaría Ejecutiva Correspondiente, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de ocho de septiembre de dos mil cuatro, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza, Elvia Díaz de León D Hers, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio A. Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de dos mil cuatro.- Conste.- Rúbrica.
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