EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por dos entidades internas de Congregación de Misioneros de San José, A.R., como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR DOS ENTIDADES INTERNAS DE CONGREGACION DE MISIONEROS DE SAN JOSE, A.R.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de las solicitudes de registro que presentó CONGREGACION DE MISIONEROS DE SAN JOSE, de las entidades cuya denominación se señala a continuación, presentadas a la Dirección General de Asociaciones Religiosas en los términos del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Fecha de recepción de las solicitudes: 3 y 23 de mayo de 2002.
Domicilio legal: señalado en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
| Denominación | Representantes, Asociados y Ministros de Culto | |
| 1. | EL PROPAGADOR DE LA DEVOCION AL SEÑOR SAN JOSE | Ernesto Rafael Canseco del Valle, José Luis Pacheco Torres y Salvador Osnaya Velázquez. |
| 2. | FILOSOFADO JOSEFINO | Francisco Javier Hernández Galindo, Eduardo Plaza Vázquez y Gerardo Maya González. |
Objeto: Ejercer el culto público, promover el desarrollo y la educación integral del hombre y propagar la doctrina que profesa .
Estatutos y otros requisitos: con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus representantes y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la ley de la materia.
Bienes que señalan para cumplir con su objeto: relacionados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes, conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 7o. de la ley de la materia.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 31 de mayo de 2002.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Alvaro Castro Estrada.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 11 de junio de 2002
Martes 11 de junio de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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