DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el Registro Federal de Trámites y Servicios   

Jueves 11 de Octubre 2001

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

ACUERDO para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el Registro Federal de Trámites y Servicios.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

  CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 69-A, 69-C, 69-M, 69-O y 69-Q de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6 fracción IX y 8 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 1 y 6 del Acuerdo para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios y la aplicación de medidas de mejora regulatoria que beneficien a las empresas y los ciudadanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2001, y

CONSIDERANDO

  Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como una de sus estrategias promover el desarrollo y la competitividad sectorial, así como consolidar e impulsar el marco institucional y la mejora regulatoria que simplifique la carga administrativa de las empresas, a fin de establecer un adecuado marco institucional que contemple un ambiente político y económico estable, con regulaciones actualizadas y simples que ofrezcan seguridad jurídica para el establecimiento, promoción, desarrollo y mantenimiento de las empresas, específicamente de las micro, pequeñas y medianas;

  Que con fecha 25 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del C. Presidente de la República para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios y la aplicación de medidas de mejora regulatoria que beneficien a las empresas y los ciudadanos, mediante el cual instruyó a las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, sujetos al Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para que eliminen trámites obsoletos o innecesarios, los transformen en trámites de conservación de información o avisos o establezcan la afirmativa ficta al término de los tiempos de respuesta de los trámites, y

  Que esta Dependencia a mi cargo turnó oportunamente a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria la información relativa a los trámites susceptibles de modificar, por lo que ésta emitió opinión al respecto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO PARA LA DESREGULACION Y SIMPLIFICACION DE LOS TRAMITES INSCRITOS POR LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, EN EL REGISTRO FEDERAL DE TRAMITES Y SERVICIOS

  PRIMERO. Se establece que operará la afirmativa ficta una vez cumplido el término de respuesta, en los siguientes trámites:

NOMBRE DEL TRAMITE HOMOCLAVE UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLES
Registro de Apoderados Legales STPS-01-001 Dirección General de Asuntos Jurídicos y Delegaciones Federales del Trabajo
Expedición de copias certificadas en la sustanciación del procedimiento administrativo sancionador STPS-01-003 Dirección General de Asuntos Jurídicos y Delegaciones Federales del Trabajo
Apoyos del Programa de Calidad Integral y Modernización (CIMO) a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y sus trabajadores STPS-04-006 Dirección General de Capacitación y Productividad y Delegaciones Federales del Trabajo

  SEGUNDO. En los términos de lo dispuesto por el artículo 49 segundo párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en el trámite denominado Autorización para la utilización de equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos, Modalidad A, Solicitud de autorización , con homoclave STPS-05-003-A, operará la afirmativa ficta una vez cumplido el término de respuesta.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- Hágase del conocimiento de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, las modificaciones contenidas en el presente Acuerdo en materia de mejora regulatoria, a efecto de que se proceda a su inscripción en el Registro Federal de Trámites y Servicios.

  Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de octubre de dos mil uno.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.


 DIARIO OFICIAL Jueves 11 de octubre de 2001


Jueves 11 de octubre de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



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