DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Extracto de la solicitud de registro constitutivo de Movimiento de Iglesias Evangélicas Camino al Cielo, como Asociación Religiosa   

Jueves 27 de Abril 2000

EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Movimiento de Iglesias Evangélicas Camino al Cielo, como Asociación Religiosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

  EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE MOVIMIENTO DE IGLESIAS EVANGELICAS CAMINO AL CIELO .

  Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presenMOVIMIENTO DE IGLESIAS EVANGELICAS CAMINO AL CIELO , para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 1 de julio de 1993 y complementada el 26 de enero de 2000.

1.- Representante: ELISEO GARCIA GARCIA.

2.- Asociados: ELISEO GARCIA GARCIA, JUAN SERRANO FLORES, JUAN MORALES MORALES, MAURO MONDRAGON ANSELMO, ABELARDO SAMPEDRO LOPEZ y demás relacionados en el listado respectivo.

3.- Ministros de culto: ELISEO GARCIA GARCIA, JUAN SERRANO FLORES, JUAN MORALES MORALES, MAURO MONDRAGON ANSELMO, ABELARDO SAMPEDRO LOPEZ y demás relacionados en el listado respectivo.

4.- Apoderado: ELISEO GARCIA GARCIA.

5.- Domicilio legal:  VILLA DIEZMA MANZANA 16, GAL 39 Y 40, COLONIA SAN RAFAEL LA MAGUEYERA, DELEGACION IZTAPALAPA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO POSTAL 09704.

6.- Objeto:   PREDICAR EL EVANGELIO DE JESUCRISTO .

  7.- Señala cinco inmuebles para cumplir con su objeto:

  a) Dos como bienes de propiedad federal.

  b) Tres como susceptibles de adquirirse en propiedad.

  Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.

  Atentamente

  México, D.F., a 6 de abril de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica.


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