ACUERDO sobre las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria a que se sujetará el gasto del año 2002 de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.
ACUERDO SOBRE LAS DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA A QUE SE SUJETARA EL GASTO DEL AÑO 2002 DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION.
La H. Cámara de Diputados, a través de la Junta de Coordinación Política, emite el siguiente Acuerdo en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, con fundamento a lo establecido en el artículo 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 27, párrafos cuarto y quinto del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002 y en el artículo 34, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:
PRIMERO.- Este Acuerdo tiene por objeto establecer las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria a que se refiere el párrafo cuarto y quinto del artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2002, que deberán observar todas las Unidades Administrativas, Legislativas y Organos Técnicos que conforman a esta H. Cámara de Diputados.
SEGUNDO.- La Junta de Apoyo Administrativo y el Secretario General, con el apoyo de la Contraloría Interna y los demás órganos administrativos de la H. Cámara de Diputados, deberán vigilar que las erogaciones se apeguen al presupuesto aprobado. Para ello, se instrumentará el Programa Anual de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestaria, que aplicará bajo criterios de proporcionalidad, equidad y transparencia del gasto.
El Programa se presentará a la consideración de la Junta de Coordinación Política a más tardar 30 días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Acuerdo.
TERCERO.- La aplicación de las resoluciones contenidas en este Acuerdo deberán aplicarse sin perjuicio a lo establecido en el propio Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal del 2002, y sin afectar el cumplimiento de los objetivos y el desarrollo de las actividades propias de la función legislativa.
CUARTO.- Las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en el presente Acuerdo, aplicarán en los siguientes rubros:
I. Servicios Personales
a) Los sueldos, prestaciones y estímulos para el personal que labora en este Organo Legislativo, deberán apegarse a lo previsto en el Manual de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando de la H. Cámara de Diputados , a publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 28 de febrero de 2002, y en el Convenio de Prestaciones Económicas, Sociales, Culturales y Recreativas que se signe con el Sindicato.
b) El pago de tiempos extraordinarios deberá reducirse al mínimo indispensable, sujetándose a la disponibilidad presupuestal.
c) La contratación de personal por honorarios, deberá limitarse al máximo y su aprobación estará sujeta a las plantillas y recursos autorizados para el ejercicio fiscal 2002.
d) En el caso de las áreas administrativas, los recursos que se generen por término de contrato o renuncias durante el presente año, pasarán a formar parte de las economías, con excepción de las autorizaciones específicas que otorgue la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros.
e) Las vacantes que se generen en las plazas presupuestales con la aplicación del Programa de Retiro Voluntario, procederán a cancelarse, con excepción de aquellas que se requieren para cubrir las funciones en los órganos de gobierno o en alguna otra área legislativa.
II. Materiales y Suministros
a) Alimentos y Utensilios.- Las erogaciones correspondientes a productos alimenticios y utensilios, deberán realizarse sólo en apoyo al desempeño de las funciones de los servidores públicos o cuando sea necesario cubrir la alimentación del personal por razones laborales.
b) Materiales y Utiles de Administración.- Los recursos económicos asignados para la adquisición de los materiales y suministros, deberán reducirse al mínimo indispensable, promoviendo el consumo eficiente y eficaz de los mismos.
c) En lo referente a los gastos realizados en: herramientas, refacciones y accesorios; combustibles lubricantes y aditivos; vestuario, blancos, prendas de protección personal y artículos deportivos, deberán sujetarse a medidas internas de control que promuevan un uso más racional de los mismos.
III. SERVICIOS GENERALES
a) Servicios Oficiales.- Se deberán adoptar medidas orientadas a racionalizar los gastos relacionados con pasajes y viáticos nacionales e internacionales; congresos y convenciones, así como los gastos de ceremonial y de orden social, mismos que deberán apegarse a las políticas y lineamientos que emita la Junta de Coordinación Política.
b) Con relación a los Servicios Básicos (postal, telefónico, de energía eléctrica y agua), así como los relacionados con los servicios de arrendamiento; asesoría; consultoría; informáticos; comercial y bancario; de impresión y difusión, deberán adoptarse las medidas de control que permitan hacer un uso óptimo de estos servicios y evitar dispendios innecesarios de los mismos.
c) Deberán diseñarse mecanismos tanto para realizar compras consolidadas como para establecer convenios con fabricantes o distribuidores exclusivos, buscando en ambos casos, el abasto oportuno al mejor precio.
IV. BIENES MUEBLES E INMUEBLES
a) La adquisición de mobiliario, equipo de administración, comunicaciones y telecomunicaciones y de bienes informáticos, se realizará bajo un estricto análisis de las necesidades de los mismos, considerando siempre que estas medidas de racionalidad no violenten el cumplimiento cabal de los objetivos y metas programadas.
b) En lo relativo a vehículos, la compra se limitará a sustituir aquellos que ya no sean útiles para el servicio; los que se adquieran como reposición de siniestros que generen el pago del seguro y los indispensables para áreas de nueva creación.
V. OBRAS PUBLICAS
a) Las áreas cuyo ámbito de competencia esté relacionado con la realización de obras públicas, deberán diseñar estrategias y mecanismos para optimizar las erogaciones en este rubro de gasto.
QUINTO.- Para la evaluación y control de las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, contenidas en este Acuerdo, la Secretaria General deberá presentar a la Junta de Apoyo Administrativo un informe trimestral sobre la ejecución del presupuesto.
SEXTO.- Las situaciones no previstas, las excepciones y controversias sobre este Acuerdo, serán resueltas por la Junta de Apoyo Administrativo, ya sea directamente o previa resolución de la Junta de Coordinación Política.
Palacio Legislativo, a 28 de febrero de 2002.- La Secretaria General de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Patricia Flores Elizondo.- Rúbrica.
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