DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Tribunales Laborales, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Michoacán de Ocampo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07 de agosto de 2026.

Viernes 04 de Septiembre 2026
NOTA Aclaratoria al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Tribunales Laborales, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Michoacán de Ocampo, publica
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CUAZITL, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, fracción XVII y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 y 17 fracciones V y XV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; en relación con los LINEAMIENTOS por los que se establecen las bases y requisitos que deberán cumplir las entidades federativas para acceder al subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Centros de Conciliación y Tribunales Laborales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2025, se emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO
PARA LA CREACIÓN, FORTALECIMIENTO Y/O MEJORA DE LOS TRIBUNALES LABORALES, QUE
CELEBRAN LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y EL ESTADO DE MICHOACÁN
DE OCAMPO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 07 DE AGOSTO DE 2026
DICE:
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA LA "CREACIÓN, FORTALECIMIENTO Y/O MEJORA DE LOS TRIBUNALES LABORALES" [...]
DEBE DECIR:
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA LA "CREACIÓN, FORTALECIMIENTO Y/O MEJORA DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN LOCALES" [...]
DICE:
II.2. Luis Navarro García, Secretario de Finanzas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado, cuenta con las atribuciones necesarias para participar, en el ámbito de su competencia, en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 11, 12, fracción I, 14 ,17, fracción II, y 19 fracciones IX y LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo; y artículo 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración y 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
II.3. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo; artículo 22 fracción I y II de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, artículo 2 del Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, Andrés Medina Guzmán, en su carácter de Director General, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio y fungirá como responsable, encargado de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral.
DEBE DECIR:
II.2. Luis Navarro García, Secretario de Finanzas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado, cuenta con las atribuciones necesarias para participar, en el ámbito de su competencia, en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 11, 12, fracción I, 14, 17, fracción II, y 19 fracciones IX y LXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y artículo 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración y 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
II.3. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; artículo 22 fracción I y II de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, artículo 2 del Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, Andrés Medina Guzmán, en su carácter de Director General, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio y fungirá como responsable, encargado de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral.
En la Ciudad de México, a los 24 días de agosto de dos mil veintiséis.- El Director General de Asuntos Jurídicos, José Luis Sánchez Cuazitl.- Rúbrica.
 

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