Para que el delito de falsificación de documentos sea punible, se necesita que concurran los requisitos señalados en las tres fracciones del artículo 245 del Código Penal del Distrito Federal; de modo que cuando en un proceso no se prueba que en el caso concurren los requisitos de que se habla, el fallo que condena a un reo por el expresado delito, es violatorio de garantías, por la falta de concurrencia de tales requisitos.
Amparo penal directo 1942/40. Rodríguez Porfirio. 1o. de octubre de 1940. Ausente: Luis G. Cabello. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.