Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 309451
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1940 00:00
AMENAZAS, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.

La doctrina y la jurisprudencia han precisado que el delito de amenazas tutela la paz y la seguridad de las personas, en forma tal, que es menester que la amenaza sea de tal naturaleza, que constriña el ánimo de la víctima, impidiéndole la tranquilidad y libertad de acción necesarias. Ahora bien, si una persona, al ser conminada por los agentes de la autoridad para que cesara en la agresión contra otra persona, opuso resistencia, cambió golpes con uno de los agentes los injurió y además los amenazó con pegarles si intervenían en el conflicto, y lesionó a uno de ellos, aquel hecho no configura el delito de amenazas, ya que la advertencia hecha en el sentido de que si intervenían en el conflicto se proponía agredirlos, no quedó en la categoría de amenaza, sino que llevó a cabo sus propósitos golpeando y lesionando a uno de ellos; integrándose el diverso delito contra agentes de la autoridad, consistente en lesiones.

Amparo penal directo 7350/39. Pacheco Montoya Manuel. 27 de enero 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Caballero. La publicación no menciona el nombre del ponente.