Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 309643
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal, Administrativa
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/11/1939 00:00
ACTOS INCONSTITUCIONALES POR SI MISMOS, CARGA DE LA PRUEBA EN CASO DE EXPROPIACION DE OBJETOS HISTORICOS.

Si se reclama en amparo que el procedimiento iniciado por el procurador general de justicia del Distrito y Territorios Federales y seguido por el procurador general de la República, se ha desposeído de un bien mueble al quejoso; y dichas autoridades no rindieron ninguna prueba para demostrar la causa legal del procedimiento, se trata de un acto en sí mismo inconstitucional, por no provenir de autoridad judicial competente, y debe concederse el amparo, ya que la carga de la prueba corresponde a las autoridades responsables, de acuerdo con el artículo 149 de la ley orgánica del amparo; tanto más, si el quejoso exhibió factura que acredita su propiedad.

Amparo penal en revisión 948/39. Neumaier Otto. 8 de noviembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.