Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 309647
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/11/1939 00:00
OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.

La declaración del ofendido no puede ser inhábil, toda vez, que un sentimiento instintivo induce al hombre a designar para su castigo, a la persona que le ha causado algún mal a él o a sus allegados.

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5921/39. García Modesto y coagraviados. 8 de noviembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.