Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 309692
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/11/1939 00:00
LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.

Si el acusado no aceptó la contienda de obra que el impelía su agresor, y al verse ante una agresión inminente y en peligro de perder la vida privó de la suya a aquél, sus actos en el desarrollo de los hechos no deben considerarse como rijosos, sino como defensivos, y existe la exculpante de legítima defensa, y la sentencia que impuso pena es violatoria de garantías.

Amparo penal directo 8623/38. Merinos Escalante Rosalino. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.