Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 04/02/1938
Tesis
Registro digital: 331034
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/02/1938 00:00
ALCOHOL, FACTURAS DE.

Si no consta que a un causante se le haya comunicado el número de la boleta de pago que debería anotar en las facturas por venta de alcohol, no está en posibilidad de cumplir con lo dispuesto por el artículo 45 del reglamento de la ley del impuesto sobre alcoholes, y aun en el supuesto de que ya tuviera conocimiento de cuál era el número de la boleta de pago que le correspondía, no es él quien está obligado a hacer las anotaciones a que se refiere el artículo 45 citado.

Amparo 2916/37. Bodegas del Delfín, S. A. 8 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


LVII, página 171. Amparo 1228/37. Bodegas del Delfín, S. A. 7 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


LV, página 1160. Amparo administrativo en revisión 4994/37. "Unión Alcoholera del Golfo", S. A. 4 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.