Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331043
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/07/1938 00:00
ALCOHOL, INFRACCIONES A LA LEY DE.

De acuerdo con la ley de impuestos sobre alcoholes, sólo la Secretaría de Hacienda tiene facultad de imponer sanciones a la infracción de aquélla, y no es exacto que tal facultad y competencia la hubiere otorgado el artículo 1o. del decreto de 3 de diciembre de 1935 a las Oficinas Federales de Hacienda, pues este artículo solamente quiso dar carácter de definitivo a las resoluciones que dicten tales oficinas, de acuerdo con las disposiciones en vigor, es decir, de aquéllas disposiciones que las autoricen para imponer multas provisionales.

Amparo administrativo en revisión 2558/38. Rodríguez Clemente. 9 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.