Reconocido el título de médico homeópata por la autoridad federal competente, es decir, revalidado, no puede el Departamento de Salubridad desconocer esa situación jurídica creada por aquella autoridad, y negar el registro del título respectivo, y si lo hace, viola las garantías del afectado.
Amparo administrativo en revisión 1190/38. Vega Argoytia Alfonso. 16 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.