Demostrado de una manera presuntivamente clara, el conocimiento que tuvo el propietario de una finca, de que en ella se había establecido un seminario, la nacionalización decretada sobre aquélla, no es violatoria de garantías.
Amparo administrativo en revisión 2205/38. Echeverría Francisco. 26 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.