Si lo que se reclama en un amparo, no es la negativa a la solicitud de una compañía petrolera para que se le dé una concesión, sino la legalidad de los acuerdos por los que se resolvieron en forma negativa las solicitudes de concesión y de oposición de otra, y si los acuerdos reclamados, que pueden no ser una consecuencia necesaria de la negativa a la solicitud de la primera compañía, son ilegales, o si en realidad carece la segunda de derechos para obtener la concesión que pretende, ello será motivo para negar el amparo, pero no para sobreseer.
Amparo administrativo en revisión 5477/36. Compañía Petrolera " La Perforadora de Pánuco", S. A. 17 de agosto de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.