Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331427
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/04/1938 00:00
CONSTRUCCIONES, MULTAS IMPUESTAS POR LA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS.

Los artículos 12 y 16 del Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México, facultan a la Dirección de Obras Públicas, para sancionar las infracciones al reglamento, con las multas correspondientes; pero esta facultad no puede hacerse extensiva a todas las oficinas dependientes de la misma dirección, ya que su ejercicio compete exclusivamente al titular de la misma; por tanto, la multa que no sea impuesta precisamente por el director, es violatoria de garantías.

Amparo administrativo en revisión 2639/32. Fondo Privado de Socorros. 5 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.