No puede estimarse consentido el acuerdo que manda extender un título de concesión confirmatoria a favor de unos terceros, si el afectado promovió juicio sumario de oposición, demandando que se admitiera ésta a la solicitud de concesión a los mencionados terceros, se desechará dicha solicitud y se le otorgará a ella la concesión respectiva, ya que el amparo no podía pedirse sino contra la sentencia definitiva que recayera en el juicio de oposición mencionado.
Amparo administrativo en revisión 4693/28. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S.A. 12 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alonso Aznar Mendoza no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.