La Ley Número 208 del Estado de Veracruz, no afecta las tierras destinadas a la industria petrolera, pues expresamente dispone, en la fracción V del artículo 4o., que quedan exceptuados de lo establecido en su articulado, los terrenos sujetos a esa clase de explotación.
Amparo administrativo en revisión 12113/32. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 12 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alonso Aznar Mendoza no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.