Si no se observan las prescripciones de los artículos 157, del 163 al 172 y 176 del reglamento para el gobierno interior del Congreso de Sinaloa, en el procedimiento para declarar culpable de delito oficial a un funcionario, tal procedimiento es violatorio de las garantías de éste.
Amparo administrativo en revisión 381/38. Ríos Martínez Cuauhtémoc. 1o. de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.