Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331588
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/06/1938 00:00
PROCEDIMIENTO, REPOSICION DEL.

La reposición a que se contrae el artículo 93 de la Ley de Amparo, únicamente procede cuando han sido violadas las reglas fundamentales que norman el procedimiento, y se ha dejado sin defensa alguna a las partes, por no haber sido oídas y no puede decirse que esto ocurra cuando el Juez ha regulado, precisamente, ese procedimiento, y no consta que hubiese dejado de observar las reglas fundamentales que lo norman, ni dejado de oír a alguna de las partes.

Amparo administrativo en revisión 381/38. Ríos Martínez Cuauhtémoc. 1o. de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.