Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331618
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/06/1938 00:00
EMBARGOS FISCALES, TERCERIAS EN CASO DE.

No es exacto que las oficinas exactoras están obligadas a levantar el embargo que hayan practicado, desde el momento que se interpone una tercería.

Amparo administrativo en revisión 2229/38. Moreno de Martínez Isabel. 9 de junio de 1938.Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.