Si no aparece que la escritura constitutiva de una sociedad, haya sido registrada en el Registro Público del Comercio, no está demostrada legalmente la existencia de dicha sociedad y, por lo mismo, tampoco la personalidad de quien en nombre de ella ejercita una acción.
Amparo administrativo en revisión 2139/37. Compañía Explotadora de Fincas y Terrenos S. A. 10 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.