El hecho de que por compostura no esté funcionando una negociación industrial, no quiere decir que la clausura dictada en esas circunstancias, no afecta los intereses jurídicos del interesado, pues terminadas las obras de reparación, no podrá trabajar nuevamente el negocio.
Amparo administrativo en revisión 1964/38. Partida Reyes Antonia. 22 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.