Tratándose de actividades que ejerce una compañía petrolera con facultades que le confirió un título confirmatorio de derechos para la explotación del petróleo, las cuestiones originadas por esas facultades, no pueden referirse propiamente sobre el subsuelo o al dominio que el propietario de un terreno pueda o no, tener, respecto al subsuelo, sino simplemente a derechos para explotar los productos o mezclas naturales de hidrocarburos que componen el llamado petróleo, y que pueden encontrarse en un punto determinado del subsuelo.
Amparo administrativo 6124/33. The Real State Company of México. 24 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LIII, página 2237. Amparo administrativo en revisión 3470/37. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 27 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.