Es apegado a derecho el fallo que no reconoce las deducciones pedidas por un causante, si en el juicio de oposición no se acreditó la autenticidad de las erogaciones que se dedujeron de los ingresos, ni se demostró que, legalmente, son deducibles las cantidades correspondientes.
Amparo administrativo directo 5204/35. Sociedad "Ernesto de la Peña y Compañía". 29 de junio de 1938. La publicación no menciona la votación. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.