Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331715
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/06/1938 00:00
NACIONALIZACION, RESOLUCIONES EN CASO DE.

Si la Ley de Nacionalización no es una ley privativa, por su carácter de generalidad, tampoco puede decirse que haya creado un tribunal especial por la facultad que concede al secretario de Hacienda, no propiamente para que pronuncie una sentencia judicial, sino para que declare que, conforme a un precepto constitucional, un bien determinado es de la propiedad de la nación, por su dominio soberano sobre las tierras y aguas comprendidas en el territorio nacional, y su derecho para trasmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, limitando la capacidad de éstos para adquirirlos y para privar a determinadas asociaciones y corporaciones o administrar bienes raíces o capitales impuestos sobre ellos, y la Secretaría de Hacienda no dicta una resolución decisoria, sino únicamente cumple con la Constitución, dando las razones por las cuales entra en posesión de los bienes que la Suprema Ley del país, señala como de la propiedad de la nación.

Amparo administrativo en revisión 5185/37. G. de Quevedo Concepción. 30 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.