Aunque la notificación hecha a un acreedor por medio de edictos publicados en el Periódico Oficial del Estado, está previsto en el artículo 37 de la Ley sobre Facultad Económicocoactiva y así se haya, tal procedimiento es notoriamente anticonstitucional, porque si la persona notificada radica fuera del Estado, es virtualmente imposible exigirle que conozca el contenido del Periódico Oficial de dicha entidad, por lo cual se le deja prácticamente sin defensa, con notoria infracción del artículo 14 constitucional.
Amparo administrativo en revisión 1912/38. "Azúcar", S. A. 24 de junio de 1938. Mayoría de tres votos. Disidente y Relator: José María Truchuelo.