El nombramiento de un miembro del Consejo Consultivo de la ciudad de México, carece de validez legal, si es hecha por cualquiera agrupación que no esté integrada exclusivamente por madres de familia.
Amparo administrativo en revisión 6662/37. R. de Rojas Elodia. 6 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.