Por el solo hecho de que por una ley se declaren sin efecto las concesiones otorgadas por el Congreso de un Estado o por el Ejecutivo del mismo, se afecta o causa perjuicio a los titulares de esas concesiones, por lo que puede decirse que la ley comienza a tener cumplimiento desde la fecha de su promulgación.
Tomo LV, página 3351. Indice Alfabético. Improcedencia 6137/36. Compañía Lagunera de Aceites, S. A. 10 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José M. Truchuelo.
Tomo LV, página 182. Amparo 6126/36. Santiago Jordón y Compañía. 10 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.