Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331791
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/01/1938 00:00
MARCAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS RELATIVAS A SU IMITACION.

La apreciación de las pruebas que hacen los tribunales en uso de la facultad soberana que la ley les concede, sólo puede dar lugar al amparo cuando haya una violación de las leyes reguladoras de la prueba o una alteración de los hechos; por tanto, si del examen comparativo resulta que el número de semejanzas entre dos envases, para determinar si hay imitación, es mucho mayor que las diferencias, de tal suerte que, vistos sucesivamente ambos, producen la impresión de ser iguales, no puede decirse que se violen los requisitos enunciados para la apreciación.

Amparo administrativo directo 72/36. Fernández Vicente. 18 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.