Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 03/02/1938
Tesis
Registro digital: 331860
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/02/1938 00:00
COOPERACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE IMPUESTOS DE.

Independientemente de la naturaleza que tenga la imposición de cobros por cooperación para el servicio de aguas en el Distrito Federal, y de los fines a que está destinado, constituye un cobro de carácter fiscal, que en caso de resistencia del causante, se hace efectivo por medio del procedimiento económico coactivo y el caso se encuentra comprendido en el artículo 135 de la Ley de Amparo, que no hace distinción alguna respecto a esos adeudos, y, por el contrario, su redacción, principalmente la parte que dice: impuestos, multas u otros pagos fiscales, hace comprender que se refiere a todos ellos, no obstante que en su percepción están interesadas la sociedad y el Estado, y procede conceder la suspensión en virtud de que el punto no se rige por el artículo 124, sino por el 135 ya citado, que otorga facultades discrecionales al Juez, para conceder la medida mediante el aseguramiento del interés fiscal, y la suspensión debe concederse, exigiendo depósito de las cantidades que se cobran, en el Banco de México, S.A.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7226/37. Barrueta de García María Luisa. 3 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.