Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331867
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/02/1938 00:00
AGUAS, PAGO POR EL SERVICIO DE.

Como las disposiciones legales respectivas, establecen una cuota por servicio efectivo de aguas, calculando el excedente a razón de cuatro centavos por metro cúbico, si las autoridades no se sujetan a esas bases para hacer el cobro, sino que hacen un cálculo aproximado del consumo medio diario y elevan la cuota bimestral, estableciendo una cantidad fija y permanente, sin hacer caso de las variaciones que puede ocasionar tal consumo, dicho cobro es violatorio de garantías.

Amparo administrativo en revisión 3082/30. Zirión de Macedo Concepción. 8 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.