Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 346216
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
CONTRATOS CELEBRADOS EN CONTRAVENCION A LO DISPUESTO POR LA LEY ORGANICA DE LA FRACCION I DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL, NULIDAD DE LOS.

El ejercicio de la acción de nulidad a que se refiere el artículo 16 del reglamento de la ley orgánica de la fracción I del artículo 27 de la constitución federal, es privativo del Ministerio Público, pues la nulidad de todos los actos y contratos a que se contrae el artículo 8o.. de la invocada ley orgánica, esta instituida en favor del estado y para la defensa de su soberanía. se trata de una limitación de la capacidad de los particulares para adquirir bienes frente al estado, de acuerdo con la fracción I del artículo 27 constitucional y la nulidad solo puede ser alegada por el estado, a cuyo favor ha sido establecida, por conducto del Ministerio Público.

Amparo civil directo 4177/47. Tecpanecatl Pablo. 10 de octubre de l947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.