Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 355297
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/06/1938 00:00
QUEJA IMPROCEDENTE.

Es improcedente la queja que se endereza contra una resolución dictada en amparo, que no es más que la consecuencia jurídica de otra resolución que causó estado.

Queja 313/38. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 9 de agosto de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LVI, página 1510. Queja 43/38. Mitzin Cenobio, sucesión de. 2 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LV, página 1080. Queja en amparo civil 596/37. Urrutia Aureliano. 1o. de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.