Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 15/11/1939
Tesis
Registro digital: 355378
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/11/1939 00:00
PRUEBAS, RECEPCION DE LAS.

Es cierto que el sentenciador está facultado para decretar en cualquier tiempo, la práctica de diligencias probatorias, para llegar al conocimiento de la verdad; pero no puede entenderse, ni aun dentro del sistema de la justicia municipal, que tal facultad se extiende hasta el grado de que el Juez pueda allegarse una prueba apartándose de las normas procesales instituidas para su recepción, y correspondientes a la naturaleza y esencia de cada prueba.

Amparo civil directo 4593/38. Vázquez Quiroz Jesús. 15 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.