Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia que, en ejecución de sentencia, decreta un embargo, la suspensión debe concederse mediante fianza, ya que con ello no se causa un perjuicio al interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público y de verificarse el embargo, puede causarse al interesado un perjuicio de difícil reparación.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4530/39. Cervantes María Jacoba. 16 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.