Si se alega que la fianza fijada por el Juez de Distrito, para conceder la suspensión, es insuficiente, pero no se demuestra esa circunstancia, el agravio es infundado.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5587/39. Lutteroth Salvador. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.